Relevamiento técnico in situ, matriz insumo-producto y dictamen firmado por profesional habilitado ante la Secretaría de Industria y Comercio.
Resolvemos tus necesidades técnicas en importación temporaria.
El Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT) habilita a las empresas exportadoras a importar insumos sin pagar derechos aduaneros, siempre que esos insumos se incorporen a un proceso de perfeccionamiento industrial.
Una vez emitido, podés importar los insumos declarados bajo el régimen suspensivo durante toda su vigencia, con la obligación de exportar los productos resultantes dentro de los plazos establecidos.
AccordING te acompaña en cada etapa, desde el relevamiento inicial hasta la emisión del certificado.
Todo el trámite se realiza de forma digital a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia). El representante legal ingresa con CUIT y Clave Fiscal y designa a un apoderado para gestionar el trámite. El apoderado debe aceptar el poder desde su propia cuenta antes de iniciar cualquier gestión.
Se inicia una Nueva Solicitud y se completa la Declaración Jurada con tres componentes: proceso productivo (descripción detallada de etapas, pérdidas y mermas), establecimientos productivos (todos los involucrados) y tipo de solicitud (nueva, reemplazo o renovación).
La renovación debe realizarse entre los 20 y los 90 días corridos previos al vencimiento.
Se cargan insumos (con NCM a 8 dígitos y descripción técnica en castellano), conjuntos de insumos sustitutivos (cuando dos o más insumos pueden usarse alternativamente con idéntico consumo) y productos exportables. Las Relaciones Insumo-Producto (RIP) declaran las cantidades, pérdidas y mermas.
El sistema ofrece dos caminos: Solicitar Validación (recomendado) — un técnico SIC revisa todo antes de generar el expediente, devuelve observaciones si las hay y habilita para Informe Técnico — o Generar Expediente directamente sin revisión previa, con mayor riesgo de demoras.
Con la solicitud en estado "Habilitada para IT", se solicita el Informe Técnico. Puede realizarlo un Ingeniero Matriculado habilitado ante la SIC o un organismo técnico (UTN o INTI). El profesional debe estar inscripto ante la SIC —requisito independiente de la matrícula—, ser apoderardo en TAD y realizar el relevamiento in situ.
El expediente pasa a revisión legal de la Dirección de Exportaciones de la SIC. Si es favorable, se emite el CTIT con vigencia de 10 años (Res. SIC 32/2024), habilitando la importación temporaria de los insumos declarados.
Si en el futuro se modifican insumos, productos, relaciones o el proceso productivo, será necesario tramitar un nuevo CTIT.
Asesoramiento y soporte en los aspectos técnicos del proceso productivo para solicitud de CTIT.
Visita presencial a la planta para relevamiento detallado del proceso productivo y determinación real de coeficientes insumo-producto.
Confección de la matriz con análisis técnico de mermas y pérdidas, conforme a las exigencias de la SIC y la normativa vigente.
Elaboración y firma del informe técnico por Ingeniero Matriculado inscripto y habilitado vigentemente ante la Secretaría de Industria y Comercio.
Carga, seguimiento y subsanación de observaciones en la plataforma TAD a lo largo de todo el proceso, hasta la emisión del certificado.
Soporte ante verificaciones de la SIC durante toda la vigencia del CTIT, con capacidad de justificar técnicamente cada decisión del dictamen.
Gestión de renovación preventiva y reemplazo del CTIT ante cambios en el proceso productivo, insumos o productos exportados.
Nuestros ingenieros están inscriptos y habilitados vigentemente ante la Secretaría de Industria y Comercio, requisito indispensable para la validez del dictamen.
Operamos dictámenes técnicos desde UTN Buenos Aires y desde AccordING, con experiencia en procesos industriales de múltiples sectores.
Cada coeficiente de la matriz insumo-producto surge de un análisis técnico en planta, no de datos de escritorio. Eso respalda el dictamen ante cualquier auditoría.
"El CTIT no es un trámite más: es una ventaja competitiva que puede reducir significativamente el costo de producción exportable."
Un CTIT bien gestionado permite importar insumos sin pago de derechos aduaneros durante 10 años. El error más frecuente no está en el proceso productivo sino en la documentación técnica que lo respalda.
AccordING · Consultora Técnica · Dictámenes CTIT · Dto. 1330/04
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